Nº 44. Las penas de la Corte

Aborda el debate protagonizado por el magistrado Jaime Araujo y el presidente de la Corte Constitucional, Jaime Córdoba Triviño, sobre los cambios en la decisión de constitucionalidad de la Ley de Justicia y Paz que determinaría la acumulación o no de las penas para ex combatientes paramilitares que se acojan a dicha ley (Sentencia C-370). En ese sentido, el documento platea que más allá de las repercusiones que puedan tener las “revelaciones” del magistrado Araujo para el funcionamiento de la Corte Constitucional y de sus insistentes sugerencias sobre la necesidad de hacer públicos los debates internos -lo que evidentemente haría imposible la deliberación franca y plena en esa y cualquier Corte- la pregunta es: según el artículo 20 de la Constitución Colombina, ¿cuáles serán las penas para los paramilitares que ya tienen condenas a la hora de acogerse a Justicia y Paz?

Las recientes afirmaciones del magistrado Araujo sobre cambios en la decisión de la Ley de Justicia y Paz de la Corte el pasado mes de mayo reabrieron el debate sobre el contenido y el alcance de una sentencia que aún no se conoce. Más allá de las repercusiones que puedan tener las “revelaciones” del magistrado Araujo la pregunta es: ¿cuáles serán las penas para los paramilitares que ya tienen condenas? Todo indica que en términos prácticos el resultado será el mismo: los paramilitares no pagarán más que la pena alternativa. Pero la manera como se determine esa pena marcará toda la diferencia entre justicia e impunidad.

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